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Quedan excluídas de cobertura, en todos los
Planes, las prácticas no contempladas por el PMOE
y expresamente el siguiente listado:
1. Homeopatía, acupuntura y otras prácticas
no reconocidas oficialmente por el Ministerio de Salud.
2. Medicamentos de venta libre, homeopáticos.
3. Medicamentos no disponibles en el mercado.
4. Leches maternizadas.
5. Accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
6. Exámenes de ingreso y jubilatorios.
7. Tratamientos termales o internaciones geriátricas.
8. Provisión de sangre o plasma, salvo con reposición.
9. Gastos de acompañante en internación excepto
la internación pediátrica o neonatológica
que incluye a la madre con el niño hasta los 10 años.
10. Gastos extras de internación no relacionado con
las atenciones del paciente (comunicaciones, bebidas, t.v.,
etc.)
11. Cirugía Estética o cosmética no
reparadora.
12. Adelgazamiento estético.
13. Cirugía de bariátrica excepto en obesidad
mórbida.
14. Tratamiento esclerosante de venas cuando sea con fines
estéticos.
15. Estudio y tratamiento de la disfunción sexual.
16. Tratamientos y estudios de esterilidad y fertilidad
(masculina y femenina) y sus efectos.
17. Fertilización asistida.
18. Internaciones para estudios y/o chequeos sin justificación
médica.
19. Testificaciones alérgicas a excepción
de las necesarias para la administración de medicamentos
o sustancias de contraste.
20. Métodos de diagnóstico o tratamiento no
incluidos en el Programa Nacional de Garantía de
Calidad de Atención Médica del Ministerio
de Salud y/o no convencionales y/o en vía experimental
y/o de los que se carezca de suficiente experiencia que
acredite sus resultados y/o no avalados por entidades científicas
representativas.
21. Las prestaciones efectuadas fuera del país.
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