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conformidad con la Resolución N° 075/98 SSS todo
beneficiario posee derecho a presentar reclamos cuando la
normal prestación médico asistencial (PMOE
- Resolución N° 201/02 MS y A) se vea afectada.
La presentación podrá ser efectuada ante la
OSPTA o la Gerencia de Servicios al Beneficiario de la Superintendencia
de Servicios de Salud. A tal efecto deberá llenar
el formulario previsto por dicha Resolución que se
halla a su disposición en la OSPTA.
Con el objeto de asegurar su mejor información se
incluye el texto completo de la Resolución N°
075/98 SSS.
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